Regla 6. GOBERNANZA


Sección a. Visión de conjunto. La IPA se rige por los Miembros de la IPA y, de conformidad con la Regla 7, es administrada por su Junta de Representantes y Oficiales de Organización.

Sección B. Gobierno de la membresía de IPA.

(1) Visión de conjunto. Los miembros de la IPA ejercen el control supremo de la IPA por

a. participar en reuniones de negocios bienales, y

si. votar mediante la boleta de membresía de la IPA para elegir a los Oficiales de la Organización, adoptar las enmiendas a estas Reglas y tomar otras acciones que deben o pueden tomarse mediante la aprobación de la boleta por estas Reglas.

(2) Reuniones de negocios. Una reunión de negocios de los miembros de IPA se llevará a cabo junto con cada Congreso bienal de IPA y tendrá la autoridad general de IPA para revisar todas las acciones de la Junta y los oficiales de la organización.

a. Acción de quórum por mayoría de votos. Un quórum de al menos:

(i) 100 Miembros de la IPA pueden, por mayoría de votos, aceptar un informe de la Junta o de cualquier Oficial de la Organización.
(ii) 150 Miembros de IPA pueden aprobar por mayoría de votos cualquier resolución o acción no vinculante. Una resolución no vinculante es aquella que expresa la preferencia de la Reunión pero no toma ni requiere ninguna acción por parte de la IPA o la Junta.
(iii) 200 Miembros de la IPA pueden aprobar por mayoría el estado de Sociedad Componente o Sociedad Provisional.
(iv) 300 Miembros de la API, con al menos el 20% de cada Área Geográfica, pueden (a) por dos tercios de los votos suspender, restringir o terminar el estado de una Organización Constituyente [según la Regla 4, Sección A (10) a], o (b) por mayoría de votos adoptar cualquier otra Resolución vinculante (Regla 3 definida, Sección A (1) y (3)).

b. Informes de la Junta. La Reunión de negocios recibirá informes actuales del Presidente sobre asuntos de importancia para la API, el Tesorero sobre las finanzas de la API y las organizaciones relacionadas, y el Vicepresidente sobre (i) las actividades, acciones y desarrollos organizativos importantes de los dos años anteriores y (ii) las recomendaciones de la Junta para la discusión, asesoramiento y acción de la Reunión de Negocios.

c. Orden del día, resoluciones introducidas por petición. La Junta presentará una agenda y las recomendaciones que la acompañan para la Reunión de Negocios. Esta agenda contendrá todos los asuntos que (i) la Junta presenta para su consideración y (ii) fueron planteados por petición presentada al Vicepresidente al menos tres (3) meses antes de la Reunión de Negocios y firmada por al menos 100 Miembros de la IPA, incluidos al menos veinte (20) de cada Área Geográfica ("Resoluciones de Petición").

d. Resoluciones de la reunión de negocios. Solo los puntos del orden del día presentados por la Junta o por resolución de petición (definida en la sección anterior) pueden dar lugar a resoluciones vinculantes de la reunión de negocios. Las mociones del piso de la Reunión de Negocios pueden ser hechas por dos (2) Miembros de la IPA, y la acción al respecto será consultiva y no una Resolución vinculante.

e. Notificar a los miembros de IPA sobre las acciones de la reunión de negocios. Todas las resoluciones y acciones de la Reunión de negocios se comunicarán por Método de encuesta o por correo a cada Organización constituyente para su comunicación a sus miembros, y a los Miembros directos de la API, dentro de los tres (3) meses posteriores a la conclusión de la Reunión de negocios.

(3) Votación por correo. Los miembros de la IPA actuarán por correo (o por fax u otros medios confiables determinados por la Junta) sobre los siguientes asuntos y decisiones, según lo dispuesto en estas Reglas:

- Elección de los miembros con derecho a voto de la Junta [según la Regla 7 Sección A (4) a]
- Modificación de estas Reglas [según la Regla 10 Sección A]
- Aprobar la disolución o fusión de la IPA [según la Regla 10, Sección B]
- Asuntos referidos a la boleta de membresía de IPA por la Junta o por Resolución vinculante de la Reunión de negocios.