Regla 8. OFICIALES ORGANIZACIONALES DE LA API


Sección a. Títulos y Autoridades.

(1) El Presidenta es el director ejecutivo y portavoz de la IPA. El Presidente efectuará y cumplirá con las órdenes, resoluciones, reglas, requisitos y restricciones de la Junta, y actuará de conformidad con estas Reglas y en cumplimiento de estas. El Presidente (i) preside la Reunión de Negocios y otras reuniones generales de la IPA, incluidas las reuniones de la Junta y su Comité Ejecutivo, y (ii) designa al personal de los comités, las fuerzas de tarea y otros organismos especiales de la IPA en consulta con ( y sujeto a rechazo por) la Junta.

(2) El Vice Presidenta es el director ejecutivo asociado y portavoz de la IPA. El Vicepresidente efectuará y cumplirá las órdenes, resoluciones, reglas, requisitos y restricciones de la Junta, y actuará de conformidad con estas Reglas y en cumplimiento de estas. El Vicepresidente (i) en ausencia del Presidente, preside la Reunión de Negocios y otras reuniones generales de la API, incluidas las reuniones de la Junta y su Ejecutivo y (ii) delibera con el Presidente sobre los nombramientos del personal de los comités, grupos de trabajo y otros organismos especiales en consulta con (y sujeto al rechazo) de la Junta.

(3) El Vice Presidenta preside las reuniones en ausencia del presidente. El presidente electo preside las reuniones en ausencia del presidente y el vicepresidente. El Presidente electo, mientras presida la ausencia del Presidente y el Vicepresidente en la Junta o en otras reuniones, tendrá un voto solo para hacer o deshacer un empate.

(4) El Presidente interino. Solo un Representante de la misma Área Geográfica que se aplica a la presidencia puede ser elegible, de conformidad con la Regla 9, Sección C (2) (b), para ser elegido por la Junta como Presidente Interino.

(5) El Presidente y vicepresidente supervisa el mantenimiento de los registros operativos, corporativos y comerciales de la IPA y las entidades relacionadas, garantiza el flujo adecuado de información a los miembros de la IPA y las organizaciones constituyentes, y realiza las demás tareas que requieren estas Reglas.

(6) El Tesorera, bajo la dirección de la Junta, supervisa la recepción, el desembolso, la contabilidad y la gestión de todos los fondos y activos de la API y las entidades relacionadas. El Tesorero presentará los estados financieros a la Junta, según sea necesario, no menos de una vez al año y a la Reunión de Negocios cada dos años.